Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0132/2012
Fecha: 04-May-2012
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante alega la vulneración de sus derechos de petición y al trabajo, por cuanto el demandado en su calidad de Secretario General del Sindicato Mixto de Transporte “Perla del Acre” dispuso la suspensión de servicio del vehículo con placa de circulación 2750 NFY, y no obstante que mediante nota solicitó conocer los motivos de la determinación, no obtuvo ninguna respuesta; es más fue suspendido otro vehículo más de su propiedad, que presta también servicios en otra línea. En revisión, corresponde dilucidar si los hechos expuestos por el accionante son evidentes y si estos constituyen actos que lesionan los derechos invocados por el accionante.