SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0192/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0192/2012

Fecha: 18-May-2012

José Ausberto Parra Heredia

El fiscal José Ausberto Parra Heredia, manifestó en audiencia que: 1) El 23 de marzo de 2011, cumpliendo una orden de allanamiento, se ingresó al inmueble habitado por Juan Carlos Pérez Justiniano, quien al percartarse de la presencia de las Fuerzas Especiales de Lucha Contra el Narcotráfico (FELCN) y del Ministerio Público, saltó un muro dándose a la fuga; 2) Para el Ministerio Público existen indicios de su participación en esta organización criminal; 3) El imputado, en su memorial de “presentación espontánea” no dio cumplimiento a lo normado por el art. 223 del CPP, por lo que fue rechazada su solicitud; 4) Al no haberse presentado personalmente Juan Carlos Pérez Justiniano, a prestar su declaración informativa, éste fue citado por edictos; con dichos edictos se avisó al Juez Decimo de Instrucción en lo Penal y se presentó la imputación formal, notificando nuevamente por edictos al imputado el 13 y 19 de octubre de 2011; 5) El accionante solicitó ser sometido a procedimiento abreviado, tratando de hacer incurrir en error a la Fiscalía, puesto que el imputado quiere someterse al mismo pretendiendo dejar sentado que no es autor de los delitos que le imputan; 6) El imputado no está indebidamente perseguido, puesto que está siendo perseguido por la ley, por autoridad competente y de acuerdo a procedimiento, además que existe una imputación formal; 7) Juan Carlos Pérez Justiniano acudió al Juez referido, solicitando que se señale día y hora para su declaración informativa, habiendo el Juez corrido en traslado y solicitado informe a los Fiscales, informe que fue remitido aunque no dentro del plazo de las cuarenta y ocho horas ordenado, debido a la recarga laboral; y, 8) El accionante interpuso la presente acción, sin esperar la resolución del Juez con relación a la petición ante él formulada.