SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0201/2012
Fecha: 24-May-2012
denegó
El Juez Tercero de Sentencia del departamento de Santa Cruz, constituido en Juez de garantías, por resolución 04 de 12 de marzo de 2012, cursante de fs. 21 a 22, denegó la tutela solicitada, con los siguientes fundamentos: 1) El imputado no acreditó que se encuentre inmerso en ninguna de las causales establecidas en los arts. 125 de la Constitución Política del Estado (CPE) y 66 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional (LTCP), abandonando su acción al no presentarse a la audiencia pese a su legal notificación; y, 2) Las autoridades demandadas no lesionaron ningún derecho ni garantía constitucional que afecte el derecho de locomoción del demandante, por el contario señalaron audiencia para considerar el recurso de apelación para el día 14 de marzo del presente año, según decreto de 8 de marzo de “2008”.