SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0212/2012
Fecha: 24-May-2012
I.1.1. H
Señala que su representado, trabaja en el campo y que eventualmente se traslada a Portachuelo, donde tiene un inmueble alquilado ubicado en calle Mercado s/n, del Barrio San José, por ello, cuando fue a visitar a su inquilino se enteró que lo estarían buscando para notificarle con una querella y que además, se libró un mandamiento de aprehensión en su contra; razón por la cual se apersonó al Juzgado Octavo de Sentencia donde verificó que existía una querella contra Manuel Toledo Chávez por la supuesta comisión de los delitos de despojo, perturbación de posesión y daño simple; sin embargo, no existía acción penal alguna contra Nolito Toledo Chávez.
Por otra parte, mediante memorial de 6 de febrero del año en curso hizo conocer al Juez ahora demandado, que es objeto de hostigamiento y persecución indebida por las acciones interpuestas contra Manuel Toledo Chávez y al ser su defendido otra persona, solicitó la nulidad de obrados; no obstante, dicho Juez, sin correr traslado a la parte querellante, mediante providencia de 7 del mismo mes y año, señaló que la actividad procesal defectuosa sería resuelta en audiencia de juicio oral, debiendo el imputado dar cumplimiento al Auto de 5 de diciembre de 2011.
- acción de libertad
- I.1.1. H
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.1.1. El Derecho a la libertad personal en la Constitución Política del Estado
- III.1.2. De la acción de libertad
- i)
- III.1.3. Sobre las formas de resolución de las acciones de libertad
- III.2. Análisis del caso concreto
- APROBAR