SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0212/2012
Fecha: 24-May-2012
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante denuncia que a pesar de no haberse iniciado contra su representado proceso penal alguno, se conculcó el derecho a la libertad de locomoción del mismo, puesto que tratan de aprehenderlo con un mandamiento librado contra otra persona, emitido por el Juez demandado y que a pesar de haber dado a conocer tal situación a dicha autoridad solicitando la nulidad de obrados, la misma señaló que el incidente de actividad procesal defectuosa será resuelto en audiencia de juicio oral, la cual se celebrará cuando el imputado sea puesto a disposición del Juzgado para asumir enjuiciamiento, por ello su representado continúa ilegalmente perseguido. Por consiguiente, corresponde en revisión, determinar si se debe otorgar o no la tutela solicitada.
- acción de libertad
- I.1.1. H
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.1.1. El Derecho a la libertad personal en la Constitución Política del Estado
- III.1.2. De la acción de libertad
- i)
- III.1.3. Sobre las formas de resolución de las acciones de libertad
- III.2. Análisis del caso concreto
- APROBAR