SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0220/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0220/2012

Fecha: 24-May-2012

denegó

Concluida la audiencia, la Sala Social Administrativa y Tributaria de la Corte Superior -ahora Tribunal Departamental de Justicia- de Chuquisaca, constituida en Tribunal de garantías, pronunció la Resolución 053/2010 de 17 de febrero, cursante de fs. 122 a 123 vta., misma que denegó la tutela solicitada, disponiendo la condenación de costas y multa a los accionantes, conforme al siguiente fundamento: i) El tribunal de garantías no puede revisar fallos dictados por las autoridades jurisdiccionales a no ser que con la decisión adoptada se vulneren derechos y garantías constitucionales lo que no ha ocurrido objetivamente; ii) Los accionantes no han demostrado con prueba objetiva que la duración del proceso por más de doce años se deba a la negligencia de algún juez o magistrado, y que se tardo más de seis años para resolver la extinción de la acción penal debido al proceso penal inquisitivo con rasgos acusatorios del antiguo sistema penal; iii) El Tribunal de garantías no pertenece a la jurisdicción ordinaria y además no es la instancia que juzgó a los accionantes, por lo que también debe denegarse la tutela; y, iv) Los accionantes no han demostrado la vulneración de derechos y garantías, más aún cuando los mismos han señalado los motivos de dilación de los co-procesados.