AUTO CONSTITUCIONAL 0587/2012-CA
Fecha: 01-Jun-2012
I.1. Síntesis de la solicitud de parte
Manifestando al respecto, que dentro el proceso coactivo fiscal seguido en su contra, por el Gobierno Autónomo Municipal de Cobija el 12 de abril, mediante Dictamen de Responsabilidad Civil CGR/DCR-004/2004 de la Contraloría General, resultado de la auditoría en la gestión 1998, determinó la existencia de indicios de responsabilidad civil solidaria por disposición arbitraria de bienes patrimoniales del Estado, por la suma de Bs323 007.- (trescientos veinte y tres mil siete bolivianos), que dio origen al proceso, razón por la cual el 9 de julio de 2008, se impetró el proceso por la suma de Bs253 634.- (doscientos cincuenta y tres mil seiscientos treinta y cuatro bolivianos), que culminó con la Sentencia de 27 de octubre de 2011, y ordenó la aplicación de medidas precautorias conforme dispone el art. 11 de la LPCF, Sentencia que fué apelada el 18 de noviembre de 2011, y resuelta con Auto de Vista de 10 de febrero de 2012, que confirma la resolución de primera instancia. Finalmente, enfatiza que hizo uso de recurso de casación, el 2 de marzo del mismo año, que actualmente se encuentra pendiente de resolución ante el Tribunal Supremo de Justicia.
- consulta
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- I.2. Respuesta a la acción
- Fragmento 4
- I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II.2. Requisitos de admisibilidad
- 3. La fundamentación de la inconstitucionalidad y la relevancia que tendrá la norma legal impugnada en la decisión del proceso
- II.3. Análisis del caso concreto
- la ausencia de fundamentación, que es un elemento exigido por el numeral 3 de la norma citada, impedirá conocer los motivos por los que se considera inconstitucional la norma impugnada y la importancia de la misma en la resolución de la causa que origina el recurso”
- APROBAR