AUTO CONSTITUCIONAL 0608/2012-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0608/2012-CA

Fecha: 15-Jun-2012

I.1. Síntesis de la solicitud de parte

El recurrente por memorial presentado el 24 de agosto de 2009, cursante de fs. 1457 a 1462, solicitó promover el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad hoy -acción de inconstitucionalidad concreta-, dentro del proceso disciplinario, seguido por el Tribunal Disciplinario Departamental Permanente de la Policía Boliviana de La Paz, en su contra; manifestando que dicho proceso se tramitó en aplicación de las disposiciones objetadas.

Hace referencia literal de las normas impugnadas que presuntamente vulneran derechos y garantías constitucionales e internacionales, mencionando artículos que son atentatorias a la dignidad, el derecho al trabajo, la inembargabilidad de los salarios o sueldos, derecho a la estabilidad laboral, a la indemnización, a la libertad al debido proceso, derecho a un proceso justo y equitativo, a la defensa técnica, presunción de inocencia, la jerarquía de la norma y al derecho a un Juez imparcial.

Así también, señala que las citas legales demandadas de inconstitucionales tienen directamente relevancia con las decisiones pendientes de sentencia de primera instancia, refiriendo que en la etapa del plenario el Tribunal con seguridad pronunciará resolución en su contra en el proceso disciplinario a denuncia de Jorge Espinoza Salinas, seguido de oficio a cargo del fiscal que funge como acusador, que tiene la facultad de investigar, acusar, de ofrecer y producir pruebas, como interponer recurso de apelación que viola la garantía al debido proceso, siendo que el mismo, no es la parte agraviada, lo que vulnera todo principio de seguridad jurídica.