Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0608/2012-CA
Fecha: 15-Jun-2012
II.1. Normas jurídicas impugnadas y preceptos constitucionales supuestamente infringidos
Se demanda la inconstitucionalidad de los art. 4 inc.“A”.9) y 16); inc.”B”.12), 17) y 28); inc.”D”.8) y 9); inc. “E”. 7), 15) y 18); art. 17 inc. b), art. 18 inc. a), b), c), d) y e), art. 95 inc. 1) y 6) del RDSPNB, aprobado mediante RS 207801; por presuntamente considerar que vulneran los art. 9.5, 13, 14, 22, 23.I, 46.I, 48, 49.III, 109.I, 113.I, 115.I, 116.I, 117.I, 120.I de la CPE.
- consulta
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- rechazó
- I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II.1. Normas jurídicas impugnadas y preceptos constitucionales supuestamente infringidos
- II.2. Aplicación de la Ley 1836 para las acciones y recursos presentados con anterioridad a la posesión de las autoridades del Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.3. Atribución de la Comisión de Admisión
- La fundamentación de la inconstitucionalidad y la relevancia que tendrá la norma impugnada en la decisión del proceso
- II.5. Análisis del caso concreto
- APROBAR