AUTO CONSTITUCIONAL 0622/2012-CA
Fecha: 28-Jun-2012
I.1. Síntesis de la solicitud de parte
El recurrente hoy -accionante-, por memorial presentado el 9 de noviembre de 2011, cursante a fs. 3 y vta., interpuso recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad dentro del proceso de desalojo seguido por Jorge Fernández Muñoz en su contra, manifestando que, dentro del señalado proceso se emitió la Resolución 37/2011, estableciendo que el demandante no tiene derecho propietario registrado en las oficinas de Derechos Reales (DDRR) como exige el art. 81 del Código Civil (CC), constituyéndose esta resolución atentatoria al debido proceso por pretender restituir un bien inmueble a un supuesto propietario que no demostró su derecho sobre el bien que pretende el desalojo.
Señala además que, el incumplimiento de las obligaciones de arrendamiento fue a raíz de la negativa de recibir los correspondientes pagos por el supuesto propietario, promoviendo con este hecho el inicio de la presente causa a objeto de desapoderar al recurrente de su derecho a la posesión, no habiéndose analizado a su vez en la sentencia impugnada que para que exista el arrendamiento el mismo debe encontrarse documentado según lo determina el art. 685 del CC y que solo puede extinguirse por las causales del art. 713 con relación al 508 y 720 del mismo cuerpo legal.
- consulta
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- I.2. Respuesta a la acción
- rechazó
- I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II.2.
- decreto o cualquier generó de resolución no judicial aplicable a aquellos procesos
- Resolución Judicial 37/2011
- no corresponde la impugnación de una resolución judicial por la vía del recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad,
- APROBAR