SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0301/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0301/2012

Fecha: 18-Jun-2012

1)

En audiencia, el abogado de la parte demandada, manifestó: 1) La posesión es un modo de adquirir la propiedad, de ahí es que la Organización Territorial de Base (OTB), certificó que la familia del demandado estuvo viviendo más de cinco años en el inmueble, siendo prueba de aquello que cuentan con: i) Factura que acredita la construcción de la casa de madera que se halla en el inmueble sujeto a controversia y documento tributario que data de 2008; ii) Solicitud de conexión de servicios básicos y comprobantes de pagos efectuados en 2011; y, iii) Compra de poste para energía eléctrica; 2) El accionante, a sabiendas de la existencia de la casa construida, adquirió el inmueble del “Sr. Saucedo y él está en litigio con Edmundo Rodríguez y no se sabe quien es el dueño” (sic); y, 3) No pudiendo llegar a un acuerdo con Erick Herland Echiniqui y Marcia Taca Castro, acudió a la jurisdicción constitucional, cuando correspondía en todo caso, dilucidar el tema en la vía civil, contando con seis meses a dicho efecto.