SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0301/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0301/2012

Fecha: 18-Jun-2012

III.5. Análisis del caso concreto

El accionante denuncia que las medidas de hecho asumidas por la familia del demandado, relacionadas a la posesión del inmueble, vulneran su derecho a la propiedad, toda vez que no pudo ejercer su derecho sin restricciones, tal cual debería ser. Por su parte, el demandado alega la posesión del bien inmueble hace más de cinco años, controversia que muestra un problema de indefinición de derechos.  

De la revisión y compulsa de toda la documentación cursante en el expediente, se establece que los demandados se encontraban en posesión del bien inmueble ubicado en la urbanización Juan Azevedo Dos Santos de Cobija, llegando inclusive a solicitar y concretar a través de EPSA y ENDE, la instalación de los servicios básicos de agua y energía eléctrica, a cuyo efecto efectuaron los trámites correspondientes como cualquier otro ciudadano, por lo cual, la primera conclusión a la que se puede arribar es que las supuestas medidas de hecho denunciadas por el accionante, no fueron dadas en ejercicio de su derecho propietario, es decir que no alteraron de manera abrupta el goce, disfrute o uso del mismo, sino más bien, el inmueble fue adquirido en posesión del mismo.