SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0370/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0370/2012

Fecha: 22-Jun-2012

II.2.

II.2. De las papeletas de pago correspondientes a los meses de febrero, marzo, mayo, junio, julio, agosto, septiembre, octubre y noviembre de 2011, se evidencia que la ahora accionante, ha percibido honorarios por los servicios prestados en el referido establecimiento educativo durante dicha gestión, en calidad de psicóloga, relación laboral que nace de un contrato verbal según refiere la accionante (fs. 1 a 3).