AUTO CONSTITUCIONAL 00652/2012-CA
Fecha: 10-Jul-2012
rechazó
Por Resolución 067/2009 de 2 de marzo, cursante de fs. 284 a 292, el Sumariante de la Aduana Nacional de Bolivia, rechazó el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad, con el siguiente fundamento: de acuerdo a la amplia jurisprudencia constitucional, el recurso de inconstitucionalidad es un instrumento de rango constitucional y para que éste sea promovido por la autoridad jurisdiccional o administrativa, deben concurrir dos aspectos que deben ser considerados de manera ineludible, el primero, que debe existir un proceso administrativo o judicial dentro del que se pueda activar el recurso de inconstitucionalidad, como en el caso presente, que la Ley, Decreto o Resolución de cuya constitucionalidad se duda, tenga que ser aplicada a la decisión final del proceso, siendo que se formula el incidente contra las Resoluciones que no serán aplicables al fallo del asunto, por lo que deberá ser rechazada por el Juez o Tribunal respectivo (las negrillas son ilustrativas).
- consulta
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- I.2. Respuesta a la acción
- rechazó
- I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II.2. Aplicación de la Ley 1836 para las acciones y recursos presentados con anterioridad a la posesión de las autoridades del Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.3. Atribución de la Comisión de Admisión
- 3. La fundamentación de la inconstitucionalidad y la relevancia que tendrá la norma impugnada en la decisión del proceso
- a)
- II.6. Análisis del caso concreto
- APROBAR