Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0638/2012-CA
Fecha: 10-Jul-2012
I.2. Respuesta a la acción
Corrido en traslado por decreto de 2 de abril de 2009 (fs. 4), a Enrique Cadario Salvatierra mediante memorial de 30 del mismo mes y año (fs. 5 y vta.), contestó señalando que por la emisión de la Resolución de 27 y el Auto complementario de 17, dentro del proceso ejecutivo la sentencia pronunciada adquirió calidad de cosa juzgada, incumpliendose de esta manera el requisito exigido en el art. 61 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC).