AUTO CONSTITUCIONAL 0649/2012-CA
Fecha: 10-Jul-2012
II.5. Análisis del caso concreto
En el caso en análisis, de los antecedentes del recurso se evidencia que dentro de la acción de amparo constitucional seguida por el Banco Nacional de Bolivia contra los recurrentes, éstos solicitaron se promueva recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad demandando la inconstitucionalidad del art. 110 del CC por presuntamente vulnerar el art. 56 de la CPE; sin embargo, dentro de la referida acción tutelar se pretende establecer si la autoridad recurrida vulneró o no los derechos y garantías del accionante; por consiguiente, ante la imposibilidad de interponer el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad dentro de la mencionada acción de amparo de acuerdo al entendimiento expuesto, hace inviable que este Tribunal ingrese a analizar el presente recurso.
- consulta
- I.1. Síntesis de la solicitud de la parte
- a)
- rechazó
- I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II.2. Aplicación de la Ley 1836 para las acciones y recursos presentados con anterioridad a la posesión de las autoridades del Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.3. Atribución de la Comisión de Admisión
- protección inmediata y eficaz de los derechos fundamentales o garantías constitucionales
- de acceso a la justicia
- II.5. Análisis del caso concreto
- APROBAR