Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0655/2012-CA
Fecha: 10-Jul-2012
consulta
En consulta la Resolución de 31 de mayo de 2010, cursante de fs. 21 vta. a 22, pronunciada por el Juez de Partido Noveno en lo Civil y Comercial del departamento de Cochabamba, por la que se rechazó el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad ahora -acción de inconstitucionalidad concreta-, instaurada por Bladimir Calicho Cabrera en representación legal de la Unidad de Titulación del Fondo Nacional de Vivienda Social “FONVIS”, demandando la inconstitucionalidad de la Sentencia de 11 de marzo de 2010; por presuntamente considerar que vulnera el art. 339.II de la Constitución Política del Estado (CPE).
- consulta
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- a)
- rechazó
- I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II.2. Aplicación de la Ley 1836 para las acciones y recursos presentados con anterioridad a la posesión de las autoridades del Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.3. Atribución de la Comisión de Admisión
- decreto o cualquier género de resolución no judicial aplicable a aquellos procesos
- contra una ley, decreto o resolución no judicial
- no corresponde la impugnación de una resolución judicial por la vía del recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad,
- APROBAR