Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0670/2012-CA
Fecha: 25-Jul-2012
II.1. Norma jurídica impugnada y preceptos constitucionales supuestamente infringidos
Se demanda la inconstitucionalidad de la frase “Reducción de sanciones establecidas en el artículo 156”, establecida en el último párrafo de art. 11 de la Resolución Normativa de Directorio 10-0037-07 de 14 de diciembre de 2007, por vulnerar presuntamente los derechos y garantías constitucionales de reserva de ley o legalidad, seguridad jurídica, transparencia y jerarquía normativa, previstos en los arts. 109.II, 116.II, 232, 306.III, 311.I y II.5, 323.I y II y 410.I y II de la CPE.
- consulta
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- rechazó
- II.1. Norma jurídica impugnada y preceptos constitucionales supuestamente infringidos
- II.2. Aplicación de la Ley 1836 para las acciones y recursos presentados con anterioridad a la posesión de las autoridades del Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.3. Atribución de la Comisión de Admisión
- II.4. Requisitos de admisibilidad
- II.5. Análisis del caso concreto