Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0674/2012-CA
Fecha: 25-Jul-2012
APRUEBA
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional, en virtud de la jurisdicción y competencia, establecida por el art. 202.1 de la CPE; 54.4, 109 y 114.I de la LTCP, APRUEBA la Resolución 01 de 15 de junio de 2012, cursante de fs. 8 a 9 vta., pronunciada por la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, que rechazó la solicitud de promover la acción de inconstitucionalidad concreta, interpuesta por Beatriz Nuñez de Salvago.
- consulta
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- rechazó
- II.2. De la acción de inconstitucionalidad concreta
- II.3. Requisitos de procedencia y contenido de la acción de inconstitucionalidad concreta
- La fundamentación de la inconstitucionalidad y la relevancia que tendrá la norma legal impugnada en la decisión del proceso
- la vinculación necesaria entre la validez constitucional de la norma con la decisión que deba adoptar la autoridad judicial o administrativa, es decir, que dicha decisión dependa de la constitucionalidad o inconstitucionalidad de la disposición legal
- APRUEBA