AUTO CONSTITUCIONAL 0674/2012-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0674/2012-CA

Fecha: 25-Jul-2012

rechazó

Mediante Resolución 01 de 15 de junio de 2012, cursante de fs. 8 a 9 vta., la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, resolvieron con rechazó de la solicitud de promover la acción de inconstitucionalidad concreta,     con el siguiente fundamento: a) La acción debe ser promovida ante la duda sobre la constitucionalidad de una ley, estatuto autonómico, carta orgánica, decreto y todo género de ordenanzas y resoluciones no judiciales, siendo que la acción fue planteado contra el art. 295 del CPC, (que no se trata de una ley), no se encuentra dentro de los alcances de control de constitucionalidad, puesto que una acción de esta naturaleza no puede remplazar los recursos y procedimientos ordinarios, lo que denota el incumplimiento de los presupuestos para su promoción; y, b) Beatriz Nuñez de Salvago pretende que se resuelva una cuestión ordinaria mediante la vía constitucional razón por la cual considera que el amparo es manifiestamente infundada.