SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0602/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0602/2012

Fecha: 20-Jul-2012

I.1.1. Hechos que motivan la acción

El Alcalde Municipal de Sipe Sipe a solicitud del dirigente Gerardo Ramos Cuba, emitió la Ordenanza Municipal (OM) 27/2008 de 28 de octubre, mediante la cual determinó “la expropiación por necesidad y utilidad pública de su terreno” (sic); pero sin concluirse con el trámite de expropiación y menos haberse determinado el pago justo del terreno, se procedió a la construcción ilegal de un centro comunitario; una vez que tomó conocimiento de lo referido, se apersonó a la Alcaldía Municipal en reiteradas oportunidades, a objeto de conocer la situación en la que se encontraba el trámite de expropiación; sin embargo, no recibió respuesta alguna.

Posteriormente, presentó varios memoriales a la Alcaldía Municipal solicitando que se le expida fotocopias legalizadas del trámite de expropiación; sin embargo, no mereció pronunciamiento alguno, es en ese sentido que ante la negativa y al no haber recibido ninguna respuesta por parte de los demandados interpuso esta acción.