AUTO CONSTITUCIONAL 0008/2012-RCA-SL
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0008/2012-RCA-SL

Fecha: 07-Ago-2012

II.2.  Requisitos de admisibilidad de la acción de amparo constitucional

         El análisis de los requisitos de admisibilidad. comprende un plano distinto al examen de las causales de improcedencia reglada previstos en el art. 96 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), por ello su estudio es posterior; en ese sentido, constatada la inexistencia de causales de improcedencia reglada, en el artículo de referencia de la misma norma; vale decir que, en el caso de autos no existe una resolución cuya ejecución estuviere suspendida por efecto de algún medio de defensa interpuesto anteriormente por el accionante; tampoco un recurso constitucional con identidad de objeto sujeto y causa, ni resoluciones judiciales que por cualquier otro recurso puedan ser modificadas, por lo que corresponde ingresar a verificar los requisitos de admisibilidad establecidos en el art. 97 de la LTC.