AUTO CONSTITUCIONAL 0139/2012-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0139/2012-RCA

Fecha: 28-Ago-2012

rechazó

Por Resolución 45/12 de 27 de julio de 2012 cursante de fojas 202 y vta., la Sala de turno por vacación judicial del Tribunal Departamental de Chuquisaca, rechazó la acción de amparo constitucional con los siguientes argumentos: a) El incumplimiento a la previsión estipulada por el art. 77.6 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional (LTCP), por no fijar con precisión el amparo que solicita; y, b) El principio de la seguridad jurídica ya no integra un derecho fundamental sino que ahora está prevista como principio de la potestad de administrar justicia emanada del pueblo, conforme determina el art. 178.I de la CPE, por lo que al ser principio no puede ser tutelado por la acción de amparo constitucional, que tiene por finalidad proteger derechos no principios, por lo que se hizo inviable la admisión de la presente acción.