AUTO CONSTITUCIONAL 0696/2012-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0696/2012-CA

Fecha: 03-Ago-2012

“RIO BINGO”

Por memorial de 27 de junio de 2012 cursante de fs. 192 a 195, el Jefe de Departamento de Normas y Contencioso de la Autoridad de Fiscalización y Control Social del Juego, Iván Arancibia Zegarra, respondió a la acción de inconstitucionalidad concreta presentada por el accionante, argumentando que el 29 de marzo de 2012, los servidores públicos Autoridad del Juego, procedieron a la intervención del Salón de Juego “RIO BINGO” de la empresa CORHAT Bolivia S.A. en la calle Los Lirios 13 esquina av. San Martin Zona Siria de la ciudad de Santa Cruz, siendo que este salón se encontraba abierto y en funcionamiento, sin licencia de operación emitida por la Autoridad de Fiscalización de Control Social del Juego, aspecto que contraviene con la Ley 060, razón por la cual se procedió a la emisión de la Resolución Sancionatoria 10-00008-12 de 17 de mayo de 2012, en contra de la empresa CORHAT Bolivia S.A. notificada mediante cedula a su representante legal José Evandro Padua Vilela Neto, el 23 de mayo de igual año.