AUTO CONSTITUCIONAL 0720/2012-CA
Fecha: 28-Ago-2012
I.1.
Por memorial presentado el “12 de noviembre de 2009”, cursante de fs. 142 a 150, interpuso recurso indirecto o incidental inconstitucionalidad, dentro del recurso jerárquico planteado en el proceso sumario interno seguido en su contra por el Sumariante de la Aduana Nacional de Bolivia, manifestando que en el Auto inicial del sumario, la resolución final y la resolución de recurso revocatorio concerniente al art. 41 del DS 28936, que aprueba el Reglamento a la Ley 3467 de 12 de septiembre de 2006, para la importación de vehículos automotores, quebranta la norma adjetiva y objetiva vigente.
Señala que, en base al inexistente art. 41 del DS 28936, se inició un proceso interno porque presuntamente incurrió en faltas aduaneras, pero esa norma no tiene validez jurídica dentro del mismo, porque no existe, siendo que dicho Decreto Supremo contiene un artículo Único que se refiere a la aprobación de traspasos presupuestarios a favor del Servicio Nacional de Sanidad Agropecuaria e Inocuidad Alimentaria (SENASAG), y de esa manera se incurre en vulneración de los arts. 109.II, 115.II y 119.II de la CPE, puesto que subsidiariamente ha conllevado a determinar responsabilidad administrativa, dado que existe estrecha concordancia con las otras disposiciones contradictorias respecto a la presunta contravención al ordenamiento jurídico administrativo aduanero.
Indica que, la norma cuestionada no tiene ninguna relación con el régimen aduanero, por lo que al haberse constituido en el sustento del referido proceso sumario, vicia de nulidad el Auto inicial, la resolución final y la resolución del recurso de revocatoria, colocándole en indefensión y atentando contra el debido proceso.
- consulta
- I.1.
- rechazó
- I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II.2. Aplicación de la Ley 1836 para las acciones y recursos presentados con anterioridad a la posesión de las autoridades del Tribunal Constitucional Plurinacional
- cuya decisión dependa de la constitucionalidad o inconstitucionalidad de una ley, decreto o cualquier género de resolución no judicial aplicable a aquellos procesos
- II.4. Análisis del caso de autos
- APROBAR