AUTO CONSTITUCIONAL 0721/2012-CA
Fecha: 30-Ago-2012
rechazó
A través de la RA 29-00018-12 de 9 de agosto de 2012, cursante de fs. 81 a 88, el Director Ejecutivo de la Autoridad de Fiscalización y Control Social del Juego-AJ, rechazó la solicitud de promover la acción de inconstitucionalidad concreta, con la fundamentación, de que el accionante no dio cumplimiento al art. 110.1.2 y 3 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional (LTCP), toda vez que no se encuentran claras cuáles son las normas cuya constitucionalidad demanda y estima fueron lesionadas, no argumenta la forma en que se infringieron dicha normas, no expresó los razonamientos o fundamentos jurídicos-constitucionales que conducen a cuestionar el cuerpo normativo impugnado, ya que no es posible realizar el juicio de constitucionalidad cuando únicamente se han identificado como vulneradas normas constitucionales, respecto de la cuales no existe mayor fundamentación ni motivación.