AUTO CONSTITUCIONAL 0728/2012-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0728/2012-CA

Fecha: 30-Ago-2012

rechazó

Por RA 23-0285-2009 de 19 de agosto, cursante de fs. 22 a 24, el Gerente de GRACO a.i. de La Paz del SIN, rechazó la solicitud de promover el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad, bajo los siguientes fundamentos: El recurrente omite acreditar su personería jurídica, incumpliendo el art. 29.I de la Ley 1836 de 1 de abril de 1998, manifestando que debió acompañar documentos que acrediten su personería; resalta que ha momento de la presentación del recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad (11 de agosto de 2009), se habría emitido una decisión final la que fue notificada, dando inicio a la ejecución coactiva, aspecto que comprueba que no hay nada que resolver, por lo que el recurso planteado no cumple con los requisitos exigidos por el art. 59 y 61 de la Ley 1836, por lo que resuelve rechazar la solicitud de promover el incidente de inconstitucionalidad contra el art. 108.6 del CTB.