Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0721/2012
Fecha: 13-Ago-2012
II.2.
II.2. Por memorial de 27 de mayo de 2011, el representado del accionante observó dicha liquidación (fs. 20 y vta.); a lo que mediante Resolución 847/2011 de 30 de septiembre, el Juez Cuarto de Partido de Familia del departamento de La Paz, en suplencia legal de su similar Tercera, ahora demandada, declaró probado en parte el incidente, disponiendo la cancelación de Bs98 000.- dentro de tercero día bajo conminatoria de apremio (fs. 24 a 25).