Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0977/2012
Fecha: 22-Ago-2012
denegó
El Juez Segundo de Partido Mixto y Sentencia Penal de Llallagua del departamento de Potosí constituido en Juez de garantías, a través de la resolución de 11 de mayo de 2012, cursante de fs. 72 a 74 vta., denegó la acción de amparo constitucional con el siguiente fundamento: De la valoración se infiere que la accionante es propietaria de un bien inmueble, existe un compromiso de devolución del mencionado inmueble y el inicio de un proceso de desalojo del inmueble que se encuentra en pleno desarrollo por lo que tomando en cuenta la naturaleza subsidiaria de la acción de amparo constitucional y no existiendo daño irremediable e irreparable no corresponde atender la acción.