AUTO CONSTITUCIONAL 0054/2012-RCA-SL
Fecha: 10-Sep-2012
I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
Por memorial presentado el 26 de mayo de 2011, cursante de fs. 68 a 75, el accionante por su representado manifiesta que, a consecuencia de una demanda contenciosa administrativa los Vocales de la Sala Segunda del Tribunal Agrario Nacional, emitieron Sentencia 33/2010 de 23 de noviembre, por la que se cuestionó la legalidad de la Resolución Suprema 00039 de 14 de febrero de 2009, dictada por el Presidente del Estado que correspondió al proceso de saneamiento de “Caraparicito”, declarándolo improbada, con el fundamento que pese a haberse verificado la existencia de actividad productiva en el predio, ésta se desarrolló de manera contraria al interés colectivo y violentando lo previsto por normas constitucionales y agrarias; constatándose la existencia de relaciones servidumbrales, lo cual constituyó incumplimiento de la función económico social y al haberse declarado improbada la demanda contenciosa administrativa, se habría incurrido en actos y omisiones que lesionaron los derechos de su representado, por lo que interpone acción de amparo constitucional, solicitando se conceda la tutela y se deje sin efecto la Sentencia dictada por el Tribunal Agrario, para que emita una nueva en la que se respeten las reglas del debido proceso y restituyan sus derechos que fueron conculcados.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- I.4. Resolución del Tribunal de garantías
- II.1. Aplicación de la Ley 1836 para la liquidación de acciones tutelares ingresadas hasta el 31 de diciembre de 2011
- constitucional
- II.3. Análisis del caso concreto
- rechazo
- APROBAR