AUTO CONSTITUCIONAL 0733/2012-CA
Fecha: 03-Sep-2012
I.1. Síntesis de la solicitud de parte
Por memorial presentado el 12 de mayo de 2004, cursante de fs. 8 a 9 vta., la recurrente solicitó promover el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad ahora -acción de inconstitucionalidad concreta- dentro del proceso laboral seguido por Adolfo Ramírez Galarza contra la empresa que representa, señalando que el art. 216 del CPT, establece “Si transcurridos los tres días para la ejecución de la sentencia, el litigante perdidoso no cumple su obligación, el Juez librará mandamiento de apremio del ejecutado”, texto normativo que resulta manifiestamente y evidentemente inconstitucional.
Refiere que, en el caso de que el trabajador pierda el proceso y no cumpla con las disposiciones ordenadas en sentencia, podría ser compelido a su ejecución, por la vía del mandamiento de apremio, interpretación totalmente incongruente, siendo que el art. 6 de la Ley de Abolición de Prisión y Apremio Corporal por Obligaciones Patrimoniales (LAPACOP), establece que el cumplimiento forzoso de obligaciones de naturaleza patrimonial, únicamente deberá recaer sobre el patrimonio de los obligados; señala que, pretender no aplicar esta norma al empleador deudor y sólo aplicarla al trabajador perdidoso de un juicio laboral, implicaría una seria afectación al principio de igualdad reconocida por la “Carta Fundamental”.
Alega que, el demandante al iniciar su acción solicitó el congelamiento de cuentas y el embargo de los bienes de su mandante, con ello el demandante tiene la posibilidad de obtener sus pretensiones de la venta judicial de ese bien, por lo que la restricción de la libertad de locomoción debe darse en última instancia.
- consulta
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- rechazó
- II.2. Aplicación de la Ley 1836 para las acciones y recursos presentados con anterioridad a la posesión de las autoridades del Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.3. Atribución de la Comisión de Admisión
- 3. La fundamentación de la inconstitucionalidad y la relevancia que tendrá la norma impugnada en la decisión del proceso
- la vinculación necesaria entre la validez constitucional de la norma con la decisión que deba adoptar la autoridad judicial o administrativa, es decir, que dicha decisión dependa de la constitucionalidad o inconstitucionalidad de la disposición legal
- 1º
- 2º