AUTO CONSTITUCIONAL 0733/2012-CA
Fecha: 03-Sep-2012
rechazó
Por Resolución 808 de 20 de junio de 2012, el Juez Primero de Partido del Trabajo y Seguridad Social del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, rechazó la solicitud de promover el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad, suscitada con el siguiente fundamento: La incidentista argumenta que el art. 216 del CPT, dispone que en ejecución de sentencia, puede librarse mandamiento de apremio en su contra como empleador perdidoso, alega que dicho artículo viola los arts. 6 y 7 inc. b) de la CPEabrg., el art. 6 de la LAPACOP limita o prohíbe el apremio por obligaciones patrimoniales; el art. 61 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), señalaba que dicho recurso podrá plantearse una sola vez en cualquier estado de la tramitación del proceso, aún en proceso de casación y jerárquico, antes de la ejecutoria de la sentencia, siendo que el proceso a la fecha tiene Sentencia Ejecutoriada luego que el demandado apeló contra dicha Resolución, resuelta mediante Auto de Vista confirmatorio y posteriormente Auto Supremo 526 de octubre de 2008, que declaró Improcedente el Recurso, siendo devuelto para su ejecución conforme dispone el art. 517 del Código de Procedimiento Civil (CPC).
- consulta
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- rechazó
- II.2. Aplicación de la Ley 1836 para las acciones y recursos presentados con anterioridad a la posesión de las autoridades del Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.3. Atribución de la Comisión de Admisión
- 3. La fundamentación de la inconstitucionalidad y la relevancia que tendrá la norma impugnada en la decisión del proceso
- la vinculación necesaria entre la validez constitucional de la norma con la decisión que deba adoptar la autoridad judicial o administrativa, es decir, que dicha decisión dependa de la constitucionalidad o inconstitucionalidad de la disposición legal
- 1º
- 2º