Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0771/2012-CA
Fecha: 25-Sep-2012
3º
3º Poner el presente recurso de inconstitucionalidad en conocimiento de Álvaro Marcelo García Linera, Presidente de la Asamblea Legislativa Plurinacional, como personero del órgano que generó la norma impugnada, Ley de Aeronáutica Civil de Bolivia; y, al Ministro de Servicios y Obras Públicas, como personero del órgano que generó la disposición impugnada, RM 150 de 24 de junio de 2004, a efecto de sus apersonamientos y formulación de alegatos en el plazo de quince días.
- consulta
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- rechazó
- II.2. Aplicación de la Ley 1836 para las acciones y recursos presentados con anterioridad a la posesión de las autoridades del Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.3. Requisitos de procedencia y contenido del recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad
- II.4. Análisis del caso en consulta
- 3º