AUTO CONSTITUCIONAL 0771/2012-CA
Fecha: 25-Sep-2012
rechazó
Por la RA 244 de 16 de agosto de 2011, cursante de fs. 1 a 4, pronunciada por el Director Ejecutivo a.i. de la Dirección General de Aeronáutica Civil, rechazó la “acción de inconstitucionalidad concreta”, bajo el argumento que, realizado el análisis y contraste de la normativa acusada, se evidenció que no existe restricción del derecho a la defensa del accionante para interponer las excepciones e incidentes como la prescripción, porque el Reglamento de Faltas y Sanciones aprobado mediante RM 150 en “…el Título III (Procedimiento), Artículo 29 (Procedimiento Aplicable), textualmente determina: `El Procedimiento de Faltas y Sanciones se regirá por lo previsto en la Ley de Procedimiento Administrativo, Ley No 2341 de 23 de abril de 2002 y por su reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo No 27113 de 23 de julio de 2003´”, Ley 2341 de aplicación obligatoria en cuyo art. 79 determina el régimen de la prescripción, señalando plazos y términos para su aplicación.
- consulta
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- rechazó
- II.2. Aplicación de la Ley 1836 para las acciones y recursos presentados con anterioridad a la posesión de las autoridades del Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.3. Requisitos de procedencia y contenido del recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad
- II.4. Análisis del caso en consulta
- 3º