Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0772/2012-CA
Fecha: 25-Sep-2012
“1. La mención de la ley, estatuto autonómico, carta orgánica, decreto o cualquier género de ordenanzas y resoluciones no judiciales cuya inconstitucionalidad se cuestiona
Conforme a lo expuesto, corresponde verificar si en el presente caso se cumplieron los requisitos previstos por ley para formular la acción de inconstitucionalidad concreta y si la misma es procedente en el marco de lo establecido por el art. 109 de la citada Ley, respecto al alcance del control de constitucionalidad de esta acción y la relevancia de la norma impugnada en la decisión del proceso.
- consulta
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- rechazó
- II.1. Normas jurídicas impugnadas y preceptos constitucionales supuestamente infringidos
- de una ley, estatuto autonómico, carta orgánica, decreto y todo género de ordenanzas y resoluciones no judiciales aplicables a aquellos procesos
- “1. La mención de la ley, estatuto autonómico, carta orgánica, decreto o cualquier género de ordenanzas y resoluciones no judiciales cuya inconstitucionalidad se cuestiona
- una disposición legal
- 1)
- II.4. Análisis del caso concreto
- APROBAR