SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1018/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1018/2012

Fecha: 05-Sep-2012

a)

La persona demandada Eduardo Coronado Roca en su informe cursante de fs. 78 a 79 vta, señaló: a) Su persona en calidad de ingeniero comercial realizó trabajos de marketing y publicidad para la empresa “ACKE JESSEN” cuyo gerente es Peter Christián Jessen, con quien sólo tiene relación de prestación de servicios profesionales; b) No es propietario de los predios citados en la presente acción de amparo constitucional, tampoco se encuentra en posesión real y corporal de los inmuebles donde supuestamente sucedió la eyección, tampoco es detentador de tierras; y, c) Por el contrato privado de realización de obras de 18 de septiembre de 2011, se demuestra fehacientemente que la persona que habría contratado los servicios personales del maestro albañil Emilio Yaibony Cesari, es uno de los propietarios de los terrenos como es Peter Christián Jessen para la realización de alambrado de cuatro y cinco hebras y la construcción de una pieza de habitación de cuatro por cuatro de material de cerámica de seis huecos, techo duralit, tumbado viga vista.

La accionante estima vulnerado su derecho a la propiedad privada; toda vez, que el 20 de diciembre del 2011, los demandados conjuntamente a otras personas: a) Ingresaron de manera arbitraria a sus terrenos con objetos contundentes consistentes en picotas, cava hoyo, palas, machetes, azadones, tenaza, alicates y palos, procediendo posteriormente con el alambrado de sus predios; b) Lotearon y edificaron una habitación en la cual viven tres loteadores de manera precaria y desde hace dos meses atrás se viene construyendo otro ambiente y en la manzana “D” del plano de uso de suelo o proyecto de urbanización sembraron yuca; y, c) Desde la fecha de eyección de sus predios, trató de manera amigable y razonable convencer a los avasalladores para que desocupen los mismos; sin embargo, fue respondida con amenazas de muerte e insultos y es más, Eduardo Coronado Roca le exigió la suma de $us60 000.- para desocupar. En consecuencia, corresponde analizar si el problema jurídico planteado puede ser analizado vía acción de amparo constitucional.