SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 1232/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 1232/2012

Fecha: 07-Sep-2012

a)

Los demandados, a través de su abogado informaron que: a) El accionante cumplía detención en celdas desde el 13 de julio de 2012, y el 23 del indicado mes y año, se recibió en el Comando Departamental de la Policía un oficio por el que se solicitaba la designación de personal para su traslado a la ciudad de Cochabamba; el mismo que fue respondido en sentido de que corresponde asignar personal para ese fin a la Dirección Nacional de Régimen Penitenciario, pues el referido Comando no cuenta con recursos para realizar traslados porque no están presupuestados los viáticos, a diferencia del Régimen Penitenciario que si tiene previstos esos recursos económicos, por lo que se cursó respuesta en ese sentido; y, b) El mandamiento fue ejecutado porque se trasladó al detenido a celdas judiciales, además que no fue recibida ninguna orden oral ni escrita y no tienen competencia para designar escoltas dentro de un proceso penal.

Por su parte, la abogada Patricia Goyzueta, manifestó que no es evidente que hubiese obstaculizado la realización de mandamiento alguno, además carece de legitimación pasiva, puesto que sus atribuciones como abogada del Viceministerio de Lucha Contra la Corrupción, únicamente es seguir las causas, además que no fue presentada prueba que demuestre que hubiera obstaculizado el cumplimiento de detención domiciliaria dispuesta contra el accionante.