SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1284/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1284/2012

Fecha: 19-Sep-2012

III.2. Sobre el derecho a la petición

La SC 1745/2011-R de 7 de noviembre, en cuanto al derecho a la petición estableció la siguiente jurisprudencia: “El art. 24 de la CPE, establece: 'Toda persona tiene derecho a la petición de manera individual o colectiva, sea oral o escrita, y a la obtención de respuesta formal y pronta. Para el ejercicio de este derecho no se exigirá más requisito que la identificación del peticionario'.