SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1451/2012
Fecha: 24-Sep-2012
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Señala que el 9 de diciembre de 2011, fue indebidamente detenido por la Fuerza Especial de Lucha Contra el Crimen (FELCC), cuando se encontraba en el domicilio de su hermana, donde ingresaron sin orden de allanamiento y sin que exista flagrancia de delito, encontrándose más de seis meses y diecinueve días ilegalmente procesado sin que el director de la investigación hubiera emitido auto acusatorio.
Mencionan que no existe prueba alguna que demuestre que abría cometido infracciones a la ley pues no perpetró delito alguno, por ello pidió en varias oportunidades la cesación de su detención preventiva dentro del proceso, sin que la audiencia pueda llevarse a cabo con normalidad por diversos motivos, prologándose su privación de libertad.