SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1456/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1456/2012

Fecha: 24-Sep-2012

III.4. Análisis del caso concreto

Conforme a los datos que cursan en obrados, se evidencia de la existencia de un proceso laboral, que cuenta con una Resolución ya ejecutoriada,  debiendo el accionante cancelar los beneficios sociales (a sus trabajadores). Al no haber cumplido lo dispuesto por el Juez ahora demandado, libró mandamiento de apremió, ejecutándose y remitiendo al accionante al penal de “Villa Busch”; en ese entendido realizó un compromiso de pago y canceló la suma de Bs14 900.-, comprometiéndose a la cancelación del saldo de Bs23 624.-, en el plazo de cuatro meses; además, garantizó el cumplimiento, con todos sus bienes habidos y por haber. Empero, el Juez demandado emitió un segundo mandamiento estando nuevamente el hoy accionante privado de libertad en dicho penal.

En ese sentido, el accionante alegó la vulneración a su libertad, porque supuestamente el Juez de Trabajo y Seguridad Social, Niño, Niña y Adolescente había perdido competencia, a causa del compromiso de pago efectuado con los trabajadores, entendiendo que ese  acuerdo, daba fin al proceso laboral; sin considerar que el Estado protege los sueldos y los beneficios sociales, como señala el art. 48.III y IV de la CPE, “Los derechos y beneficios  reconocidos en favor de las trabajadoras y los trabajadores no pueden renunciarse, y son nulas las convenciones contrarias o que tiendan a burlar sus efectos” y “Los salarios o sueldos devengados, derechos laborales, beneficios sociales y aportes a la seguridad social no pagados tiene privilegio y preferencia sobre cualquier otra acreencia, y son inembargables  e imprescriptibles”.