El presente voto disidente, en relación a la SCP 1099/2012 de 6 de septiembre, plasma la divergencia en técnica argumentativa, por cuanto, la motivación que sustente la diferencia de criterio, versará sobre las siguientes líneas argumentativas difere
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

El presente voto disidente, en relación a la SCP 1099/2012 de 6 de septiembre, plasma la divergencia en técnica argumentativa, por cuanto, la motivación que sustente la diferencia de criterio, versará sobre las siguientes líneas argumentativas difere

Fecha: 21-Ene-2013

tiene la finalidad de tutelar un elemento específico del derecho al juez natural que es la garantía de competencia, siendo precisamente éste aspecto el determinante para la delimitación del contenido esencial del recurso directo de nulidad como garantía constitucional adjetiva

En efecto, siguiendo el entendimiento plasmado en la SC 0099/2010-R de 10 de mayo, el recurso directo de nulidad, tiene la finalidad de tutelar un elemento específico del derecho al juez natural que es la garantía de competencia, siendo precisamente éste aspecto el determinante para la delimitación del contenido esencial del recurso directo de nulidad como garantía constitucional adjetiva.