SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0106/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0106/2013

Fecha: 23-Ene-2013

a)

Jaime Paz Morales Poveda, presidente del Tribunal Disciplinario Superior de la Policía Boliviana, mediante su abogado en audiencia manifestó: a) Solicitó al Comando General se envié fotocopias del proceso instaurado el 2009; de lo cual se evidencia que la Resolución 1225/2011, ha sido emitida el 15 de diciembre y habiendo transcurrido más de diez meses, recién el accionante planteó la acción de amparo, de su file personal se desprende que el mismo fue notificado mediante cedulón, por no ser habido, dándose cumplimiento al art. 85 del RFDSPN; b) El accionante pidió la anulación de la Resolución Administrativa (RA) 0474/12 emitida por el Director Nacional de Personal, por lo que el Tribunal Disciplinario Superior se ve extrañado por ser demandado, pues debería accionarse contra las autoridades que emitieron dicha Resolución y no así contra el Comandante General y menos contra el referido Tribunal Disciplinario, que no vulneró derecho constitucional alguno; c) Por otro lado, la Resolución 150/2011, fue apelada el 14 de mayo de 2011, y el accionante solicitó respuesta el 17 de agosto de 2012, después de quince meses, por lo que no corresponde hacer valer su recurso de apelación, solicitando se rechace la tutela.