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    1237/2013-L
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    1237/2013-L

    Fecha: 10-Oct-2013

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    • Partes:
    • I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
    • CONFIRMÓ
    • II.1.  Diferencia entre voto disidente y aclaración de voto
    • no tiene atribución para la valoración de prueba sobre el fondo del asunto de donde emerge la acción tutelar, puesto que ello es también atribución exclusiva de los jueces y tribunales ordinarios, a menos que como resultado de esa valoración se hayan lesionado derechos y garantías constitucionales por apartamiento de los marcos legales de razonabilidad y equidad o cuando se hubiere omitido arbitrariamente valorar una prueba
    • II.3.  De la interpretación de la legalidad ordinaria
    • a)
    • CONFIRMAR

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