Partes:
Partes: Miguel Ángel Mur Alvino y Claudia Karina Romero Doria Medina en representación legal del Banco “BISA” S.A. contra Editha Pedraza Becerra y Alain Nuñez Rojas, Vocales; Victoriano Morón Cuellar y Sergio Cardona Chávez, ex Vocales; todos de la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial -ahora Tribunal Departamental de Justicia- de Santa Cruz.
- Partes:
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- CONFIRMÓ
- II.1. Diferencia entre voto disidente y aclaración de voto
- no tiene atribución para la valoración de prueba sobre el fondo del asunto de donde emerge la acción tutelar, puesto que ello es también atribución exclusiva de los jueces y tribunales ordinarios, a menos que como resultado de esa valoración se hayan lesionado derechos y garantías constitucionales por apartamiento de los marcos legales de razonabilidad y equidad o cuando se hubiere omitido arbitrariamente valorar una prueba
- II.3. De la interpretación de la legalidad ordinaria
- a)
- CONFIRMAR
