Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
Sentencia: 1162/2013-L de 2 de octubre
Fecha: 02-Oct-2013
CONFIRMAR
Por lo expuesto, la suscrita Magistrada considera que se debió CONFIRMAR la Resolución 028/2012 de 29 de febrero, cursante a fs. 495 a 496 vta., pronunciada por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial -ahora Tribunal Departamental de Justicia- de Santa Cruz; y por tanto, DENEGAR la tutela solicitada.
- Partes: Mario Jaldín Amaya
- I.1. Problema jurídico
- I.2. Los fundamentos de la SCP 1162/2013-L de 2 de octubre
- REVOCA
- II.1. De la naturaleza jurídica de la acción de
- II.2. Del voto disidente
- II.3. El debido proceso en su elemento de fundamentación y congruencia de las Resoluciones
- II.4.
- II.5. Argumentos de la disidencia
- CONFIRMAR