REVOCAR
Por lo expuesto, la suscrita Magistrada considera que se debió REVOCAR la Resolución 11/2011 de 29 de julio, cursante de fs. 46 a 48, pronunciada por la Sala Civil, Social, de Familia, Niño, Niña y Adolescente de la Corte Superior del Distrito Judicial -ahora Tribunal Departamental- de Pando; en consecuencia CONCEDER la tutela solicitada, disponiendo que se deje sin efecto el Auto de Vista de 4 de diciembre de 2010, dictado por los Vocales demandados, debiendo dictarse uno nuevo considerando lo dispuesto en la presente Sentencia.
- Partes: Ramiro Germán Villarreal Díaz, Gerente Distrital a.i.
- a)
- CONFIRMAR
- después de haberse agotado los medios y recursos que se tengan para hacer cesar los mismos, los cuales también deben ser utilizados oportunamente…
- II.3. De la prescripción de las acciones de la Administración Tributaria para determinar la deuda tributaria
- II.4. Exposición de los motivos de la disidencia
- REVOCAR
