Sentencia: 1229/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Sentencia: 1229/2013-L

Fecha: 08-Oct-2013

i)

Con relación a las medidas de hecho, sin causa jurídica, manifestar que los hechos expuestos por el representante y el demandado evidencian claramente: i) Por una parte el derecho que ejerce el demandado sobre la acera del inmueble de la empresa accionante, que estaría obstruyendo la libre circulación y la visibilidad del medidor de luz eléctrica; y, ii) Los actos que se realizan al interior del inmueble consistente en: cerrado con candados de algunos ambientes de PROACRUZ S.R.L. y levantamiento de una pared de ladrillos en su interior.

Respecto manifestar que la empresa accionante no cuenta con un derecho sobre la acera o vía pública pues su regulación depende directamente de la Alcaldía Municipal de ésa urbe; por ende, debe acudir a las instancias municipales para exigir el levantamiento de puestos que considera son ilegales y obstruyen la visibilidad del medidor de luz, no correspondiendo a ésta jurisdicción constitucional pronunciarse al respecto.