Sentencia: 1232/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Sentencia: 1232/2013-L

Fecha: 10-Oct-2013

Segundo

Segundo.- Como consecuencia de lo anterior, se advierte que dicha petición de documentación complementaria, solo requirió mayor información, que pueda servir de sustento legal para emitir la Ordenanza Municipal pretendida por los miembros de la empresa de “Radio Taxi 8 de Octubre S.R.L.”, solicitud que se la considera pertinente, pues era necesario conocer si la citada empresa de radio taxis, podría trabajar con celulares corporativos y no así con radiofrecuencias, todo ello en resguardo de la seguridad de los pasajeros que tomarían sus servicios. Lo que deja entrever que el derecho al trabajo denunciado como vulnerado, no seria evidente, por cuanto el trámite administrativo aun no hubo concluido, sea con una resolución o decisión final que deniegue la pretensión de los accionantes, desnaturalizando la acción de amparo con la tutela otorgada.