SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1777/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1777/2013

Fecha: 21-Oct-2013

III.3.

         En el presente caso, el accionante a través de su representante sin mandato, denuncia la vulneración de su derecho a la libertad, alegando que fue dado de alta después del tratamiento que se le brindó en la Clínica Los Olivos; empero, no se le permite salir de dicho centro hospitalario, hasta que proceda a la cancelación del total de la deuda contraída con dicha Clínica, por gastos y atención médica prestada.

En este entendido, de la revisión de antecedentes se evidencia que no existe actuado o documento alguno que acredite fehacientemente lo denunciado por el accionante, ya que el mismo no aparejó o presentó prueba alguna para demostrar la supuesta lesión denunciada, es más tampoco se presentó a la audiencia de acción de libertad a efectos de brindar mayores elementos que permitan generar convicción en este Tribunal, por lo que conforme a lo señalado en el Fundamento jurídico III.2 de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, no habiendo el accionante demostrado la supuesta vulneración que acusa, este Tribunal, no puede otorgar la tutela impetrada, toda vez que no adquirió certidumbre sobre si en efecto se ha vulnerado o amenazado el derecho a la libertad de Edgar Hanssen Altamirano.