SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1888/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1888/2013

Fecha: 29-Oct-2013

a)

Carol Sdenka Mejía Magne, efectiva policial de DIPROVE de Oruro, por intermedio de su abogado en audiencia informó: a) El “14 de mayo de 2013” (sic), Luis Alberto Espinoza Canaviri a través de su apoderada María del Carmen Bejarano denunció en las oficinas de DIPROVE, la sustracción de un vehículo; b) El 16 de abril de 2013, el Fiscal a cargo de la investigación comunicó al Juez de Instrucción en lo Penal el inicio de las investigación por la presunta comisión del delito de robo de un vehículo; c) La ahora demandada, Carol Sdenka Mejía Magne, fue designada en calidad de investigadora, con la misión de realizar todas las actividades para esclarecer el hecho y en base a estas atribuciones solicitó mandamiento de allanamiento de un inmueble ubicado en la calle Bolívar 100, de El Alto; d) En presencia del Fiscal asignado al caso, Rubén Arciénaga Llano y su asistente Sandro Villegas Montalvo, ejecutaron el mandamiento de allanamiento en el citado inmueble, donde los propietarios les habrían informado que el referido vehículo fue dejado en calidad de depósito en días anteriores, pero en ese momento ya no se encontraba ahí; y, e) No se realizó ninguna notificación escrita a la accionante; sin embargo, por la información obtenida, se amplió la imputación en su contra por su presunta participación en el delito de robo de un vehículo; consecuentemente, no estaría ilegalmente perseguida.